ESTADO MUNICIPAL DE PILAR AUSENTE: El Intendente Federico de Achával sigue sin atender reclamos de vecinos y analizan denunciarlo

Diario de la ciudad de Manuel Alberti (29-4-25) www.manuelalberti.com.ar Es una historia que parece sacada de un film de Ciencia Ficción, la dejadez y la falta de respeto y empatía en contra de un puñado de vecinos de la calle Cattaneo, en Manuel Alberti es increíble. Lamentablemente se trata de una insoportable situación por la que pasan los residentes del “Bajo”, específicamente quienes tienen domicilio sobre Calle Cattaneo entre Santa Ana y Santa Isabel. Desde hace tiempo se realizaron obras y desapareció la mitad del deteriorado asfalto, quedando sólo una mano para transitar como se pueda. Lo peor de todo es que la mitad de tierra se torna intransitable los días de lluvia, transformándose en un verdadero lodazal e ingresa agua  a los domicilios.

En Pilar se encuentra la “Capital nacional de la media calle sin asfaltar”

Esta es una problemática que viene desde años , luego de que tras obras dejaran sólo media calzada con algo de asfalto y el resto tierra.

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Un hecho que habla de la falta de humanidad del Intendente de Pilar, Federico de Achával para con los Albertinos de esa zona es que ninguno de los reclamos presentados obtuvieron respuestas satisfactorias. Todo esto se da en un marco de nuevos asfaltos circundantes que huelen a campaña política más que a verdadera preocupación por estos vecinos olvidados, que sin duda parece una burla más a los residentes afectados por esta triste situación.

Yo vivo sobre Cattaneo ,el problema es que se está haciendo como un pozo la calle ,cuando llueve se inunda y no solo eso el barro que se hace ,también el problema de los vehículos tenemos que esperar que pasen ellos o al revés “, confesó una vecina .
Se inundan las calles y el agua sube a las veredas. Ya hace años venimos pasando este problema. También varias veces se me inundó adentro de casa. Es una esquina que necesita una solución, También la calle Santa Ana se inunda y desde allí corre el agua a la calle Cattaneo.”, detalló otra frentista.

Ahora los vecinos cansados, van por más y pueden denunciar al Municipio.

De esta forma y ya ninguneados por el Jefe Comunal de Pilar, vecinos analizan aleccionarlo mediante la posibilidad de actuar legalmente en contra del Municipio y su Intendente por MAL DESEMPEÑO DE FUNCIONARIO y DAÑOS Y PERJUICIOS, aunque también cabría la figura de ABANDONO DE PERSONA.

Los vecinos están en condiciones de presentar una denuncia penal contra el Intendente y/o funcionarios públicos involucrados, para ello están analizando si hubo delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, especialmente si se causaron daños graves como inundaciones evitables por falta de obras u omisiones dolosas o gravemente negligentes.

En el Código Penal Argentino, algunas de las figuras que podrían aplicarse al Intendente y/o funcionarios en este caso son:

🔹 Incumplimiento de los deberes de funcionario público (Art. 248 del Código Penal):

“Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o leyes nacionales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes, o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.”

🔹 También puede analizarse si hay responsabilidad por:

  • Abandono de persona agravado (si hubo muertes) – Art. 106 y 107.
  • Estrago culposo – Art. 189, si la inundación fue causada por omisiones o negligencias graves que produjeron un daño masivo.
  • Negligencia administrativa con daño (por omisión dolosa o culposa) – Puede derivar en responsabilidad penal si hay elementos que indiquen dolo o imprudencia grave.

Los vecinos (en grupo o por separado) están ahora con la posibilidad de radicar una denuncia penal en una fiscalía o comisaría, preferentemente con el patrocinio de un abogado. También pueden hacerlo a través de una asociación vecinal o colectiva, e incluso recurrir a un amparo judicial si siguen en riesgo.

Las penas que pueden llegar a aplicarse dependerá del tipo penal que se logre probar. Por ejemplo:

Estrago culposo con muertes: puede llegar a 5 años de prisión o más.

Incumplimiento de deberes: prisión de 1 mes a 2 años + inhabilitación.

Si se demuestra dolo o corrupción, podrían agregarse delitos como malversación de fondos públicos (Art. 260 y ss.), con penas de hasta 6 años de prisión.

Sin duda la paciencia de los frentistas albertinos de la Calle Cattaneo es inmensa pero ha llegado a un límite, el cual de no obtener respuestas a su imperioso reclamo, obrarán en función según lo dispongan y llevarán a medios nacionales e internacionales su realidad, dejando en claro una grave falta de ética, moral y compromiso por parte del Municipio que encabeza Federico de Achával.

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